2 normasCotejado con las fuentes oficiales el 12/10/2026

Accesibilidad y ambiente en construcción: Ley 7600 y viabilidad ambiental de SETENA

Ley 7600 y viabilidad ambiental ante la SETENA.

Versión en texto

En resumen

Dos normas condicionan el diseño y el arranque de una obra en Costa Rica. La Ley N.° 7600 y su reglamento obligan a que los edificios que atienden público sean accesibles: puertas de 0.90 m, pasillos de 1.20 m, rampas de 10% a 12% en tramos cortos y 5% de estacionamientos reservados. Y el Decreto N.° 43898 exige Viabilidad (Licencia) Ambiental de la SETENA antes de iniciar, salvo en obras de muy bajo impacto como remodelaciones y ampliaciones de hasta 500 m².

Son las dos revisiones que más observaciones generan cuando se dejan para el final. La accesibilidad se resuelve en el diseño: las medidas están en el reglamento de la Ley 7600 y las fiscalizan las mismas entidades que revisan planos y dan permisos. La parte ambiental se resuelve antes de la obra: hay que saber si el proyecto está exento o qué instrumento debe presentar.

Las normas de este tema

Preguntas frecuentes

¿A qué edificios aplica la Ley 7600?

A las construcciones nuevas, ampliaciones y remodelaciones de espacios de propiedad pública, a las edificaciones privadas que impliquen concurrencia y brinden atención al público, y a los proyectos de vivienda financiados total o parcialmente con fondos públicos, según el artículo 41 de la Ley N.° 7600.

¿Cuáles son las medidas mínimas de accesibilidad?

Según el reglamento de la Ley 7600: puertas con 0.90 m de ancho libre, pasillos generales de 1.20 m, aceras de 1.20 m, pendientes de 10% a 12% en tramos menores a 3 m, 8% a 10% entre 3 y 10 m y 6% a 8% en tramos mayores, pasamanos a 0.90 m y estacionamientos reservados de 3.30 m por 5.00 m.

¿Todo proyecto de construcción necesita viabilidad ambiental?

El Decreto N.° 43898 exige viabilidad ambiental a todas las actividades, obras o proyectos nuevos, con excepción de las de muy bajo impacto que enumera su Anexo 2. Entre ellas están las remodelaciones, las ampliaciones de hasta 500 m² de área constructiva, las cocheras y los parqueos de hasta 1,000 m².

¿Cuánto dura la viabilidad ambiental?

Cinco años de previo al inicio de la obra, según el artículo 44 del Decreto N.° 43898.

Otros temas

Material de referencia, cotejado el 12/10/2026 contra el texto oficial de cada norma. No es asesoría legal ni técnica: confirma el texto vigente en la fuente oficial de cada ficha antes de decidir sobre un proyecto.